Expensas extraordinarias a cargo del inquilino
Riesgo AltaLas expensas extraordinarias son las que corresponden a obras, mejoras o renovaciones del edificio (como un ascensor nuevo, refacción de fachada o fondo de reserva). Según el Art. 1209 del Código Civil y Comercial, estas expensas son siempre responsabilidad del propietario.
Ejemplo en contratos reales
"El locatario abonará la totalidad de las expensas del inmueble."
Qué hacer
Si el contrato dice que el inquilino paga todas las expensas sin distinguir ordinarias de extraordinarias, pedí que se agregue: 'Las expensas extraordinarias quedan a cargo del locador según el Art. 1209 CCyC.'